Ley General de Movilidad y Seguridad Vial: Estos son los límites de velocidad que plantea

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular la Ley de Movilidad y Seguridad Vial, cuyo objetivo es garantizar el derecho de toda persona a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad.

La ley propone los siguientes límites de velocidad para evitar accidentes:

  • 30 kilómetros por hora en calles secundarias y terciarias
  • 50 kilómetros por hora en avenidas primarias sin acceso controlado
  • 80 kilómetros por hora en carriles centrales de avenidas de acceso controlado
  • 80 kilómetros por hora en carreteras estatales fuera de zonas urbanas.

En carreteras y autopistas de jurisdicción federal, la velocidad máxima para automóviles deberá ser de 110 kilómetros por hora, 95 kilómetros por hora para autobuses y 80 kilómetros por hora para el transporte de bienes y mercancías.

Asimismo, la norma prevé la aplicación del alcoholímetro como una medida permanente para todo el país.

“Una vez publicada, el país, sin menor duda, tendrá mejores elementos para hacer efectivo el ejercicio al derecho a la movilidad, y, además, esas 44 vidas que se pierden todos los días por hechos viales, por siniestros (…) Es una ley que nace de la sociedad civil, después de muchos años de batalla, las organizaciones, los familiares de víctimas de hechos viales, es un momento que debemos celebrar”, manifestó el diputado Salomón Chertorivski

 

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