SCJN avala que es constitucional la ley eléctrica de AMLO
Solo se requerían los votos de cuatro de los 11 ministros del pleno para validar la constitucionalidad de la reforma legal
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró válida la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) impulsada por el presidente López Obrador, con lo que se da mayor ventaja a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) por encima de empresas privadas.
Tras conocerse el fallo de la Corte, Estados Unidos advirtió que se abre la puerta para litigios sin fin e incertidumbre.
Esta decisión se tomó pese a que siete ministras y ministros se pronunciaron en contra de la ley, al considerar que su aplicación viola la Constitución debido a que no procura la libre competencia ni garantiza la protección al medio ambiente con la generación de energías limpias.
La Corte también declaró válido que el Gobierno pueda renegociar o terminar de forma anticipada los contratos que tengan vigentes las empresas de la industria eléctrica, aunque al menos cinco ministros consideraron que con estas acciones se viola el principio de no retroactividad y seguridad jurídica.
Pese a lo anterior, la LIE no podrá aplicarse de inmediato ya que hay amparos vigentes, por lo que deberán de resolverse para que entre en vigor. Incluso, podría darse el caso de que uno de estos amparos llegue a la Suprema Corte.
En tanto, el embajador de EU en México, Ken Salzar, manifestó la preocupación de su país por este fallo. “El gobierno de los Estados Unidos respeta la soberanía de México y sus procesos democráticos. Es en este tenor de cooperación y respeto que nos preocupa que la Ley de la Industria Eléctrica de 2021 probablemente abrirá la puerta a litigios sin fin, generando incertidumbre y obstruyendo la inversión”, se pronunció el diplomático.
Salazar añadió que espera que los legisladores mexicanos tomen en cuenta la integración de Norteamérica cuando discutan y voten la reforma energética.
Los ministros que votaron en contra de la ley fueron Javier Laynez Potiseck, Juan Luis González Alcántara, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Norma Piña Hernández, Margarita Ríos Farjat y Alberto Pérez Dayán; mientras que los que votaron a favor fueron Loretta Ortiz Ahlf (autora del proyecto de sentencia), Yasmín Esquivel Mossa, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y el presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
Precisamente el voto decisivo recayó en Zaldívar, que antes de votar por la vigencia de la ley aseguró que “nuestra labor (de los ministros) no es evaluar la pertinencia de su diseño, las bondades de su modelo económico o la conveniencia de su regulación, mucho menos nuestra coincidencia ideológica. Nuestra labor es interpretar la Constitución con fidelidad y decidir si la medida impugnada vulnera sus postulados”.
Durante la primera parte de la discusión se votó por la sección A del proyecto, que fue la más importante, pues hablaba sobre el despacho preferente de energía generada por las centrales de la CFE, o de privados que construyeron plantas para la empresa del Estado, y que sólo pueden venderle a ella.
En contraste, los otros siete integrantes del Pleno, como la ministra Ríos Farjat, votaron en contra de la ley al señalar que la Corte debía ceñirse en el marco de la Constitución, que incluye la reforma eléctrica de 2013 que implementa un nuevo diseño que mantuvo la reserva del poder eléctrico en el Estado, pero abrió la competitividad del sector.
Sobre este asunto, el ministro Zaldívar propuso al Pleno realizar una interpretación de la Ley para privilegiar la sustitución gradual de los combustibles fósiles y reducir los gases de efecto invernadero, propuesta que fue aceptada por la ponente, con lo que de igual manera se desestimaron las impugnaciones en este tema.